Este Código de Ética tiene como fin primordial garantizar que las Empresas Consultoras asociadas a la Cámara Paraguaya de Consultoras (CAPARCON) actúen como asesores profesionales calificados para las Inversiones Privadas y de la Administración Pública con integridad moral, independencia de criterio, capacidad técnica y de gestión, responsabilidad civil y medio ambiental, manteniendo siempre la fidelidad con los clientes y la lealtad en la competencia.
Código de Ética
El giro principal de los Consultores debe ser el de ofrecer servicios de Consultoría basados en el uso de la Tecnología, de los Sistemas de Gestión y en la Aplicación de las Ciencias, actuando siempre con responsabilidad y fidelidad ante su cliente y la sociedad toda.
- Para la prestación eficiente de sus Servicios, deberán siempre incorporar los avances
tecnológicos necesarios e indicar claramente el alcance de los mismos. - La remuneración deberá ser pactada de acuerdo a la calidad y extensión de los servicios
y/o términos de referencia solicitados. Dichas remuneraciones contablemente deberán
estar registradas y diferenciadas de cualquier otra actividad que realice la empresa. - Los servicios a ser prestados deberán buscar siempre proteger los legítimos intereses
del cliente y no podrán en ningún caso sin autorización del mismo publicar o revelar datos
técnicos o empresariales confidenciales que haya obtenido en la prestación de sus
servicios. - Deberán aplicar en sus actividades todas las legislaciones relacionadas al buen
desempeño de la especialidad, buscando siempre respetar el entorno y la sociedad. - No intentarán sustituir a otro Consultor ni directa, ni indirectamente, tampoco
reemplazarlo en un servicio, sin que medie la autorización escrita del contratante. - Toda competencia entre Consultores deberá hacerse siempre en forma leal, evitando en
todo momento cualquier subsidio que le permita en forma directa o indirecta ofrecer un
precio inferior al considerado del mercado. - Será considerado contra la ética profesional desacreditar, publicitar material alguno que
falsee la realidad, la reputación profesional, o los trabajos a cargo de otra firma de
consultoría. Podrán, sin embargo, respondiendo siempre a instrucciones precisas de su
cliente, expresar opiniones técnicas objetivas sobre un informe que se les haya sido
encargado, también podrán presentar quejas fundadas contra otro consultor ante cualquier
organismo competente para determinar si ha cumplido las reglas de conducta que
gobiernan la profesión. - Deberán siempre guardar respeto hacia la dignidad personal y profesional tanto de sus
colegas como de todos aquellos profesionales con los que mantengan alguna relación
técnica, manteniendo en todo momento la dignidad, nivel y reputación de la profesión.